El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) se ha generado para aquellos contribuyentes que cuenten con alguna de las siguientes características:
¿Y por qué alguien cuya empresa que no tiene RFC querría obtenerlo y además suscribirse al RIF?
Fácil, por los beneficios que dicha acción representa, como gozar de estímulos que permiten reducir hasta el 100% de impuestos a pagar si sus ingresos anuales no exceden los 300 mil pesos, obtener descuentos sobre el Impuesto sobre la Renta, que permiten a dichos contribuyentes entrar en la formalidad, crecer como empresa y proteger a su familia.
Al entrar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), no se pagan impuestos durante el primer año. Sin duda alguna, es una buena forma de introducirse a la formalidad. Además, año con año, al hacer la declaración, el SAT permitirá que tengas la oportunidad de reducir los impuestos a pagar al poder deducir diferentes pagos.
El RIF también permite emitir facturas electrónicas. A su vez esto ayuda a las empresas a acercarse tanto a los pequeños consumidores, como a los grandes corporativos.
En el caso del primer grupo de compradores, las facturas y el RIF permiten cobrar con terminales bancarias. Un mercado de casi 15 millones de mexicanos tan sólo en tarjetas de crédito, que son muy usadas por las personas al ser un método seguro de portar dinero, especialmente cuando son compras de mucho valor.
Por ejemplo, alguien que va a un super y sólo lleva 100 pesos, tendrá que elegir entre todos los productos; sin embargo, si porta tarjeta, podrá adquirir más productos ya que su capacidad de compra aumentó con la posibilidad de pagar vía punto de venta.
Al estar inscrito en este nuevo régimen, las organizaciones podrán acceder a los beneficios que brinda el programa “CREZCAMOS JUNTOS AFILIATE”, entre los cuales se puede destacar:
Para tu familia estar dentro del RIF significa estar seguro y así poder mejorar su calidad de vida, ya que el Régimen de Incorporación Fiscal permite acceder a los servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y a créditos para la vivienda.
Para inscribirte al RIF, acude a nuestras oficinas
Si requieres información detallada de los beneficios y las obligaciones de este régimen, puedes consultar la siguiente liga:
Régimen de Incorporación Fiscal del SAT: https://youtu.be/SngWLhd09j4